Un abrazo en esta primera edición del INFORMATIVO CÓDIGO AZUL, motivado por el cansancio que causa la información de la web de Dar-ser, que no coincide ni refleja las verdaderas condiciones de trabajo. y que padecen quienes por necesidad tienen que vender su fuerza de trabajo.
Estrés laboral, mal genio, depresión, ansiedad, resignación, temor a ser despedidos o sancionados, miedo a opinar abiertamente por temor al despido y no poder seguir respondiendo por sus obligaciones familiares, todas estas situaciones han conducido a intentar una forma de comunicación responsable que permita ejercer el derecho a: la libre opinión y disertación , al sentir de los afiliados del sindicato de gremio sobre su situación laboral sin riesgo del despido.
Así lo haremos, desde esta página se “colgará” información laboral y jurídica de utilidad para quienes trabajan en la IPS Universitaria, con el sindicato de gremio. lo haremos con respeto a las personas y la dignidad de estas, con el ánimo de juntar conciencias y reclamar nuestros derechos laborales, y de orientar a los trabajadores para que acudan a los mecanismos de ley que lo permiten.
Nuestro objetivo NO ES ACABAR con la fuente de trabajo o sembrar discordia solo daremos información y orientación en torno a temática laboral.
Fraternal saludo.
Señor unknaum:con el respeto que usted se merece , no estoy de acuerdo con su comentario, ya que para su conveniencia y para los operadores del contrato sindical, es mas fácil eludir las responsabilidades y obligaciones laborales que se ajustan a la ley y al código sustantivo del trabajo. y es por esto que solamente las actuaciones con respecto a este contrato se rigen solamente por una sola posición , (no existe relación laboral……..),desconociendo las otras posiciones en donde se confirma que SI EXISTE UNA RELACION LABORAL entre los afiliados participes y el sindicato, para su ilustración una de ellas:”el sindicato contratista se convierte en empleador de sus afiliados para la prestación de los servicios o ejecución de la obra contratada y estos afiliados con respecto al sindicato tienen un contrato individual de trabajo”. En el cual concurren los 3 elementos esenciales como son:
ResponderEliminara) la actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo.
b)la más negada por ustedes LA SUBORDINACION:”la continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo , tiempo o cantidad de trabajo e imponerle REGLAMENTOS, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato.
c) un salario como retribución del servicio.
UNA VEZ REUNIDOS LOS 3 ELEMENTOS DE QUE TRATA ESTE ARTICULO, SE ENTIENDE QUE EXISTE CONTRATO DE TRABAJO Y NO DEJA DE SERLO POR RAZON DEL NOMBRE QUE SE LE DE, NI DE OTRAS CONDICIONES O MODALIDADES QUE SE LE AGREGUEN.(TEXTO ORIGINAL DEL CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO) le queda claro señor unkanown?
Estoy de acuerdo con todo este tema tratado po el dr guillermo y de antemano le agradezco, es muy claro con el tema tratado, en colombia algun dia no muy lejano, los trabajadores tienen que depsertar y reclamar los derechos que son vulnerados por unos pocos, que solo buscan poder sin importar nada mas,señores sindicato de base aprendan a respetar y aplicar bien la ley.
ResponderEliminarESTOY DE ACUERDO
ResponderEliminarseñores directivos del contrato sindical,entiendan que ustedes son los patronos y como tal tienen que desarrollar este contrato de acuerdo a la normativa legal vigente.USTEDES EN SUS MISMAS ACTUACIONES LO ESTAN HACIENDO COMO PATRONOS.REFLEXIONEN,no nos crean tan ignorantes. des afortunadamente para ustedes estamos lo suficientemente documentados sobre el tema , pero es mas fácil evadir sus responsabilidades legales.NO HAY PEOR CIEGO QUE QUIEN NO QUIERE VER.
ResponderEliminaryo deseo que nuestra funcion como empleados de la salud y perteneciendo a de dar-ser sean mejoradas nuestras condiciones laborales, que sean respetuosos,honestos y sinceros con nosotros como socios y personas
ResponderEliminarcompañero estoy de acuerdo con usted,opino que SI NOS UNIMOS Y RECLAMAMOS NUESTROS DERECHOS LABORALES, por cierto tan vulnerados, y denunciamos este contrato , con los respectivos argumentos de ley ante las autoridades competentes, podemos lograr que este contrato se ejecute de acuerdo a la ley.
ResponderEliminarAtte:VERONIKA.
NO ESTOY DE ACUERDO, con la forma como nos liquidan la nómina, de nuevo se observa que se le sigue incrementando el valor al subsidio de transporte y muy poco al valor de la hora , lo que nos afecta enormemente nuestro salario o la mal llamada compensacion.ya que el incremento del subsidio de transporte no es factor salarial para liquidar los siguentes items:recargos, vacaciones , cotizacion a pension , cesantias etc..etc.., ademas tengamos en cuenta que el subsidio de transporte disminuye cuando nos programan menos turnos, cuando estamos incapacitados , y no se paga en vacaciones, es por eso que cuando nos liquidan las vacaciones , primas y cesantias cada vez el valor total de lo liquidado es menos.COMPAÑERO ANALIZA Y PIENSA , POR QUE LOS DIRECTIVOS DE ESTE CONTRATO SINDICAL ACTUAN ASI.??????.tenemos todo el derecho de exigir que el aumento sea mayor para el valor de la hora y NO AL SUBSIDIO DE TRASPORTE COMO LO ESTAMOS OBSERVANDO .somos un sindicato NO UNA COOPERATIVA.nos estamos sintiendo engañados.
ResponderEliminarAtte:GERMANIKO.