marzo 10, 2012

Nace el periódico virtual INFORMATIVO CODIGO AZUL

Un abrazo en esta primera edición del INFORMATIVO CÓDIGO AZUL, motivado por el cansancio que causa la información de la web de Dar-ser, que no coincide ni refleja las verdaderas condiciones de trabajo. y que padecen quienes por necesidad tienen que vender su fuerza de trabajo.


Estrés laboral, mal genio, depresión, ansiedad, resignación, temor a ser despedidos o sancionados, miedo a opinar abiertamente por temor al despido y no poder seguir respondiendo por sus obligaciones familiares, todas estas situaciones han conducido a intentar una forma de comunicación responsable que permita ejercer el derecho a: la libre opinión y disertación , al sentir de los afiliados del sindicato de gremio sobre su situación laboral sin riesgo del despido.


Así lo haremos, desde esta página se “colgará” información laboral y jurídica de utilidad para quienes trabajan en la IPS Universitaria, con el sindicato de gremio. lo haremos con respeto a las personas y la dignidad de estas, con el ánimo de juntar conciencias y reclamar nuestros derechos laborales, y de orientar a los trabajadores para que acudan a los mecanismos de ley que lo permiten.


Nuestro objetivo NO ES ACABAR con la fuente de trabajo o sembrar discordia solo daremos información y orientación en torno a temática laboral.


Fraternal saludo.

7 comentarios:

  1. Señor unknaum:con el respeto que usted se merece , no estoy de acuerdo con su comentario, ya que para su conveniencia y para los operadores del contrato sindical, es mas fácil eludir las responsabilidades y obligaciones laborales que se ajustan a la ley y al código sustantivo del trabajo. y es por esto que solamente las actuaciones con respecto a este contrato se rigen solamente por una sola posición , (no existe relación laboral……..),desconociendo las otras posiciones en donde se confirma que SI EXISTE UNA RELACION LABORAL entre los afiliados participes y el sindicato, para su ilustración una de ellas:”el sindicato contratista se convierte en empleador de sus afiliados para la prestación de los servicios o ejecución de la obra contratada y estos afiliados con respecto al sindicato tienen un contrato individual de trabajo”. En el cual concurren los 3 elementos esenciales como son:
    a) la actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo.
    b)la más negada por ustedes LA SUBORDINACION:”la continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo , tiempo o cantidad de trabajo e imponerle REGLAMENTOS, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato.
    c) un salario como retribución del servicio.
    UNA VEZ REUNIDOS LOS 3 ELEMENTOS DE QUE TRATA ESTE ARTICULO, SE ENTIENDE QUE EXISTE CONTRATO DE TRABAJO Y NO DEJA DE SERLO POR RAZON DEL NOMBRE QUE SE LE DE, NI DE OTRAS CONDICIONES O MODALIDADES QUE SE LE AGREGUEN.(TEXTO ORIGINAL DEL CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO) le queda claro señor unkanown?

    ResponderEliminar
  2. Estoy de acuerdo con todo este tema tratado po el dr guillermo y de antemano le agradezco, es muy claro con el tema tratado, en colombia algun dia no muy lejano, los trabajadores tienen que depsertar y reclamar los derechos que son vulnerados por unos pocos, que solo buscan poder sin importar nada mas,señores sindicato de base aprendan a respetar y aplicar bien la ley.

    ResponderEliminar
  3. señores directivos del contrato sindical,entiendan que ustedes son los patronos y como tal tienen que desarrollar este contrato de acuerdo a la normativa legal vigente.USTEDES EN SUS MISMAS ACTUACIONES LO ESTAN HACIENDO COMO PATRONOS.REFLEXIONEN,no nos crean tan ignorantes. des afortunadamente para ustedes estamos lo suficientemente documentados sobre el tema , pero es mas fácil evadir sus responsabilidades legales.NO HAY PEOR CIEGO QUE QUIEN NO QUIERE VER.

    ResponderEliminar
  4. yo deseo que nuestra funcion como empleados de la salud y perteneciendo a de dar-ser sean mejoradas nuestras condiciones laborales, que sean respetuosos,honestos y sinceros con nosotros como socios y personas

    ResponderEliminar
  5. compañero estoy de acuerdo con usted,opino que SI NOS UNIMOS Y RECLAMAMOS NUESTROS DERECHOS LABORALES, por cierto tan vulnerados, y denunciamos este contrato , con los respectivos argumentos de ley ante las autoridades competentes, podemos lograr que este contrato se ejecute de acuerdo a la ley.
    Atte:VERONIKA.

    ResponderEliminar
  6. NO ESTOY DE ACUERDO, con la forma como nos liquidan la nómina, de nuevo se observa que se le sigue incrementando el valor al subsidio de transporte y muy poco al valor de la hora , lo que nos afecta enormemente nuestro salario o la mal llamada compensacion.ya que el incremento del subsidio de transporte no es factor salarial para liquidar los siguentes items:recargos, vacaciones , cotizacion a pension , cesantias etc..etc.., ademas tengamos en cuenta que el subsidio de transporte disminuye cuando nos programan menos turnos, cuando estamos incapacitados , y no se paga en vacaciones, es por eso que cuando nos liquidan las vacaciones , primas y cesantias cada vez el valor total de lo liquidado es menos.COMPAÑERO ANALIZA Y PIENSA , POR QUE LOS DIRECTIVOS DE ESTE CONTRATO SINDICAL ACTUAN ASI.??????.tenemos todo el derecho de exigir que el aumento sea mayor para el valor de la hora y NO AL SUBSIDIO DE TRASPORTE COMO LO ESTAMOS OBSERVANDO .somos un sindicato NO UNA COOPERATIVA.nos estamos sintiendo engañados.
    Atte:GERMANIKO.

    ResponderEliminar